Posibles amparos de empresarios por resultados de consulta del NAIM

Martes, 30 Octubre 2018 00:04 Escrito por Jerónimo Morales Hernández
Así quedaría el aeropuerto de Santa Lucía ampliado. Foto especial de VANGUARDIA. Así quedaría el aeropuerto de Santa Lucía ampliado. Foto especial de VANGUARDIA.

AMLO asegura que se recuperarán más de 100 mil millones de pesos

Puebla, Pue.- Contra los resultados de la consulta popular convocada por el Presidente electo Andrés Manuel López Obrador, la cual por mayoría de más de un millón de votos pide la ampliación del aeropuerto militar de Santa Lucía y se reestructuren los puertos aéreos de la Ciudad de México y el de Toluca, y una minoría demanda la conclusión del aeropuerto de Texcoco; los empresarios  que han hecho inversiones millonarias en este último pueden ampararse en contra.
 
Dicha consulta,“supuestamente organizada por organizaciones de la sociedad civil”, contrató para el cómputo de los votos a la Fundación Rosenblue, y el director de dicha fundación adelantó el pasado domingo que  el propio Primer mandatario electo daría detalles, exponiendo que 747 mil personas votaron por la ampliación de obras en Santa Lucia, y sólo 310 mil ciudadanos por la continuación de trabajos en Texcoco, comentó el constitucionalista poblano Miguel Ángel Te3jeda Ortega.

El Presidente de Coparmex, Gustavo del Hoyo, ayer en conferencia de prensa manifestó, demasiado molesto, que la consulta popular es ilegal y que tomarán medidas de carácter legal si el Presidente electo toma la decisión de suspender la obra en Texcoco, y resaltó que se dieron irregularidades en serie  dentro del procedimiento de dicha consulta.

De igual manera el presidente del Consejo de Coordinación Empresarial exhortó a AMLO a no tomar la consulta popular como vinculante, y que debe analizar más a fondo la problemática de suspender la obra en Texcoco

Ayer igualmente López Obrador, en el salón de conferencias del Hotel Four Points, en la Ciudad de México, dio a conocer: Que la consulta popular si es vinculante para su persona y que en consecuencia suspenderá la construcción del nuevo aeropuerto en Texcoco, y dará órdenes para comenzar los estudios y la futura ampliación y remodelación de los aeropuertos de Santa Lucia, Toluca y Benito Juárez en la Ciudad de México.

Añadió que el presidente francés Emmanuel Macron lo había felicitado por la consulta popular, que le había enviado un estudio técnico formulado por expertos franceses, en el que le manifiestan que sí es posible que operen conjuntamente los aeropuertos Benito Juárez en la Ciudad de México, Santa Lucía y el de Toluca, sin especificar precisiones sobre dicho dictamen técnico.

Los Diputados del Partido Morena manifestaron por su parte públicamente que la consulta popular fue un éxito y que ya se presentaron varias iniciativas de ley para reformar la Constitución Mexicana y su ley secundaria, a fin de que las consultas populares se puedan llevar a cabo en forma anual, para que los ciudadanos “Supuestamente puedan participar en la toma de decisiones del Gobierno Federal”.

En opinión del constitucionalista Miguel Ángel Tejeda Ortega, adelantó que sí se puede impugnar la consulta popular practicada, los resultados de la misma y sus efectos vinculatorios, en la toma de decisiones que llevará a cabo el Presidente electo AMLO,  y agregó:

A).-Que la consulta popular no fue regulada por lo que dispone el artículo 35, fracción VIII en sus diversos apartados de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellos de que solamente podrá ser convocada por el Presidente de la República ya en funciones; por el equivalente del  33% de integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión o por los ciudadanos en un número equivalente al menos al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores, siendo el Instituto Nacional Electoral –INE-  el organizador de la consulta. Todos estos supuestos no se dieron y se violentó así la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria.

B).-La convocatoria de la consulta la debió haber llevado a cabo López Obrador una vez que hubiere protestado el cargo constitucional y no previamente a ello, ya que aún no tiene funciones constitucionales.

C).-El procedimiento de la consulta no estuvo regulado por ninguna norma constitucional o secundaria, las personas que participaron no fueron controladas por ninguna autoridad del orden constitucional y su cómputo tampoco fue verificado en dichos términos.

D).-El carácter vinculante de la consulta nunca se previó tal como fue convocado.

En consecuencia, resaltó el constitucionalista Tejeda Ortega que las personas que tienen multimillonarias inversiones en la construcción del NAIM, en Texcoco, pueden interponer juicios de Amparo por la violación de sus derechos y la seguridad de sus patrimonios invertidos en la construcción comentada.

No obstante, López Obrador en su conferencia de prensa comentó que todas aquellas personas que puedan ser afectadas en su decisión final, serán resarcidas en los daños y perjuicios que se les ocasione, o se les dará la oportunidad de seguir invirtiendo en los aeropuertos de Santa Lucía, Benito Juárez  y Toluca; además de  que su decisión final traerá un beneficio a la Nación de una recuperación de más de Cien Mil Millones de Pesos, sin especificar cómo se va a llevar a cabo dicha recuperación.

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