Declarada Inconstitucional ley que violenta la equidad jurídica

Martes, 19 Febrero 2019 18:04 Escrito por Jerónimo Morales Hernández
Ministros de la SCJN, en sesión plenaria declararon inconstitucional una ley. Ministros de la SCJN, en sesión plenaria declararon inconstitucional una ley.

Precedente histórico que beneficia a la sociedad mexicana: Tejeda

Puebla, Pue.- Precedente histórico que beneficiará a la sociedad mexicana es la declaratoria de inconstitucionalidad  del inciso E, fracción I de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, del Artículo 298 de la Carta Magna, 

Por primera vez el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional una ley, expulsándola del ordenamiento jurídico nacional y su inexistencia.

La semana pasada la SCJN se avocó a estudiar si procedía declarar inconstitucional el artículo 298, inciso E, Fracción I, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, al considerar que dicho precepto de ley violenta los principios de igualdad y equidad jurídica, al fijar sanciones del 1% de las empresas de radiocomunicación, que violenten diversas conductas que prevé y sanciona la ley en cuestión.

En entrevista el Constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega señaló que esta declaratoria de inconstitucionalidad se encuentra fundamentada en el artículo 107, fracción II, párrafo III, que dice: “Cuando los órganos del Poder Judicial de la Federación establezcan jurisprudencia por reiteración en la cual se determine la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo notificará a la autoridad emisora. Transcurrido el plazo de noventa días naturales sin que se supere el problema de inconstitucionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitirá siempre que fuera aprobada por una mayoría de cuando menos ocho votos, la declaratoria general de inconstitucionalidad, en la cual se fijarán sus alcances y condiciones en los términos de la ley reglamentaria”.

El jurista Tejeda Ortega determinó que en esta declaratoria de inconstitucionalidad se cumplieron  todos los requisitos que establece la Constitución, como son: a) La existencia de una jurisprudencia clara y firme de cinco asuntos que falló la Segunda Sala del más alto Tribunal; b) Que la declaratoria fue estudiada y analizada por los once Ministros que integran el Pleno, exponiendo sus razones y argumentos jurídicos; c) Que la aprobación de la declaratoria se dio por el voto de ocho Ministros que integran el Pleno.

El Constitucionalista afirmó que esta declaratoria de inconstitucionalidad viene a ser un precedente histórico en México, ya que esta figura jurídica que consagra nuestra Constitución y la Ley de Amparo, serán un contrapeso a los otros dos Poderes, y esto beneficiará enormemente a la sociedad mexicana.

Valora este artículo

Deja un comentario

Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.