Desigualdad en reajuste de salarios para servidores públicos

Martes, 18 Septiembre 2018 05:43 Escrito por Jerónimo Morales Hernández
Diputados federales de la LXIV Legislatura, en mayoría, aprobaron minuta de Ley de Remuneraciones. Diputados federales de la LXIV Legislatura, en mayoría, aprobaron minuta de Ley de Remuneraciones.

Funcionarios del Poder Judicial fuera de la Ley Federal de Remuneraciones 

Puebla, Pue.- Con 433 votos a favor el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, propuesta por el Presidente  electo Andrés Manuel López Obrador; en tanto que la oposición tanto del PAN como del PRI señaló que esta ley tiene muchos vicios y no está acorde a la realidad que se vive en México con sus reformas constitucionales.

Fue la mayoría de legisladores federales que votó a favor de la minuta de ley, misma que la minoría de opositores considera que contiene desigualdad al excluir de este reajuste a funcionarios y empleados del Poder Judicial Federal, por lo cual en algunos aspectos puede ser inclusive anticonstitucional.

Expuso lo anterior el constitucionalista poblano Miguel Ángel Tejeda Ortega, al tiempo de señalar que esta ley es reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución  Política de los Estados Unidos Mexicanos que dicen:

Artículo 75. “La Cámara de Diputados, al aprobar el presupuesto de egresos, no podrá dejar de señalar la retribución que corresponda a un empleo que este establecido por la Ley”.

Artículo 127.- “II.-Ningún servidor público podrá recibir remuneración, en términos de la fracción anterior, por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente´´.

En consecuencia, ningún servidor público de carácter federal podrá percibir una remuneración mayor a $108,000.00 Moneda Nacional mensuales, que se ha fijado López Obrador, incluyéndose entre ellos a embajadores y miembros de misiones diplomáticas de México en el extranjero, así como altos funcionarios del Ejército y la Marina Nacional.

Pero se dejan a salvo las remuneraciones de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de miembros del Poder Judicial de la Federación que, según se explicó en el pleno, se encuentran protegidos por el artículo 94 párrafo décimo, de la Carta Magna, que dice: La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo”.

Los Ministros de la SCJN, informó el también notario público Tejeda Ortega, perciben 2 millones 300 mil pesos –moneda nacional- anualmente por concepto de remuneraciones; lo que demuestra la desigualdad que se va a dar entre servidores públicos, ya que se aplicará a funcionarios y empleados sólo de los Poderes Ejecutivo y Legislativo.

Esta minuta de la Ley de Remuneraciones se encontraba congelada en el Senado de la República desde el año 2011, y se le volvió a dar vida jurídica por una decisión del hoy Presidente del Congreso,  Porfirio Muñoz Ledo.

Fueron ahora diputados de la oposición, tanto del PAN como del PRI, quienes insistieron que la ley aprobada tiene muchos vicios, que no está acorde con la realidad que se vive en México con sus reformas constitucionales, y que en algunos aspectos puede ser inclusive anticonstitucional.

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