Durante Sesión ordinaria del Congreso celebrada este miércoles se aprobó por unanimidad con 40 votos a favor cero en contra y cero abstenciones, dictamen por medio del cual serán devueltas a las 611 juntas auxiliares de la entidad las facultades que les competen al reintégrales los registros civiles,

En este contexto durante la votación del Pleno la iniciativa presentada por la Coalición Juntos Haremos Historia, representado por los partidos PT, Morena y Partido Encuentro Social esta iniciativa fue aprobada por todas las fracciones parlamentarias, representadas por Puebla al Frente y por diputados del PRI.

En este contexto los legisladores que subieron a tribuna defendieron esta iniciativa con la finalidad de que se devuelvan las facultades a las juntas auxiliares, ya que esta se les había retirado en el 2013, al mismo tiempo algunos de los diputados plantearon que además de esta facultad a las juntas auxiliares se les asigne un presupuesto, un salario para los presidentes y los regidores porque hasta ahora sólo reciben “migajas” por parte de los presidentes municipales señalaron.

En este contexto el diputado Morenista, Héctor Alonso Granados, afirmó que la asignación de los recursos a las juntas auxiliares deberá ser en función del número de habitantes, no un porcentaje por junta porque hay cabeceras municipales que son más chicas que sus juntas auxiliares.

Asimismo, el legislador dijo que debe con la finalidad de que sea delito grave el que se otorguen documentos como actas de nacimiento a personas no nacidas en el país que no hayan tramitado su naturalización.

En lo que compete al diputado Raymundo Atanasio Luna, hace un llamado a los presidentes auxiliares con el propósito de que el sello del registro civil se use con responsabilidad y no otorguen actas de nacimiento a migrantes que vienen de otros países.

Por su parte el diputado Arturo Rosas dijo que con esta determinación de devolver a juntas auxiliares los registros civiles no solo se restituyen estos y el cobro del impuesto predial, sino que se propone que los presidentes municipales y regidores reciban un sueldo porque hoy viven de las dádivas que les dan los presidentes municipales.

En su intervención en tribuna la diputada priista Roció García Olmedo, afirmo que devolver facultades las juntas auxiliares representa una parte importante en la vida política, social y administrativa en el estado.

Asimismo, el diputado penalista Gerardo Islas Maldonado dijo que su partido aplaude y coincide en lo que respecta a la devolución de los registros civiles a las juntas auxiliares las que están en abandono, ya que no cuentan un con papelería y muchos menos con patrullas para vigilar sus comunidades.

Por su parte el diputado petista José Juan Espinosa Torres, en su intervención pide a los presidentes auxiliares brindar con responsabilidad este servicio que se les reintegra con la finalidad de que estas juntas tengan mayor competencia, al mismo tiempo dejo en claro que el cobro de los servicios que otorgue el Registro Civil serán apegados a lo establecido en la Ley de Ingresos por lo que no podrán poner precio como antes se hacía.

Publicado en POLITICA
Miércoles, 05 Abril 2017 21:51

“Facultades legislativas empresariales”

La Constitución Mexicana de 1917 fue reconocida en el mundo entero como “la primer Constitución Social del Siglo XX”, ello, por ser de las primeras naciones en dar a conocer un instrumento jurídico garantista y revolucionario de esa época (1917), fue la primer Constitución, en la historia, en incluir los derechos sociales, marcando de esta forma un antecedente para el resto del mundo.

Parte medular de ese reconocimiento ganado, fue gracias a lo que representaron los derechos sociales y laborales plasmados en el texto original del artículo 123, los cuales, comprendía treinta fracciones en las que se incluyeron casi todos los aspectos laborales, tanto individuales, colectivos y administrativos, como de seguridad social, específicamente la regulación sobre jornada máxima, jornada máxima nocturna, protección al trabajo de las mujeres y de los jóvenes mayores de doce y menores de dieciséis años, el descanso semanal, el salario mínimo, algunos principios de protección al salario, la regulación de la jornada extraordinaria, la participación de utilidades, los derechos habitacionales de los trabajadores, la regulación de los riesgos de trabajo, las medidas de higiene y seguridad, el derecho de asociación sindical, el derecho de huelga, el establecimiento de las juntas de conciliación y arbitraje de integración tripartita como instancias jurisdiccionales del trabajo, la estabilidad en el empleo, los principios de irrenunciabilidad de derechos, la consideración como de utilidad social del establecimiento de cajas de seguros populares, de invalidez, de vida, de cesación involuntaria de trabajo, de accidentes y de otros con fines análogos, así como la consideración de utilidad social de las sociedades cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas, destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores en plazos determinados.

Sin embargo, ese adelanto emblemático y revolucionario logrado por legisladores ideólogo-humanistas, de aquella época, parece estar viviendo sus últimos esbozos ante el trabajo legislativo de nuestros diputados y senadores del nuevo milenio, ya que su trabajo legislativo en lugar de evolucionar y buscar mayor protección para la clase trabajadora, hoy parece haber perdido el interés social y político, por la misma.

Lo anterior en razón de que la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal del Trabajo, con el fin, de que se actualicen las tablas de enfermedades del trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. Olvidándose que en la reforma de 2012 a la ley, jamás se publicó dicha tabla, entonces sobre que van a actualizar?

El artículo 513 de la LFT, establece que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) actualizará la tabla de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. Agregando que dicha dependencia realizará la actualización previa “aprobación del proyecto respectivo por parte” de la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Perdón? Que actualizar el contenido de una “Ley Federal” no es un trabajo legislativo del Congreso?

Asimismo, en el artículo 115 se consigna que la STPS realizará las investigaciones y estudios necesarios, “conforme al progreso de la medicina del trabajo, a fin de actualizar las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo, en concordancia a lo que refieren los artículos 513 y 514 de esta Ley”. (LFT)

Y por si fuera poco, la adición al artículo 515 Bis señala que “para efectos de los artículos 513 y 514, el reglamento federal en materia de seguridad y salud en el trabajo, establecerá los aspectos y tipo de información que deberán contener las tablas de enfermedades de trabajo y de valuación de las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo”.

Por otra parte en el segundo artículo transitorio, se precisa que una vez agotado el procedimiento, el titular de la STPS deberá expedir las tablas en un término de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor del decreto. Y un tercero transitorio consigna que las tablas que se aplican quedarán sin efecto una vez que el titular de la STPS emita las tablas en términos de lo dispuesto por esta reforma. ¡Se acabó con la jerarquía de las leyes federales, ahora, vale más un acuerdo de una Secretaría!

Lo que realmente buscan con este absurdo de reforma, es que un trabajador que se enferme por causas laborales sólo reciba el 50% y no el 100% de su salario, además de que el empresario determinará cuáles enfermedades serán susceptibles de pago. Convirtiendo a los empresarios en juez y parte. ¡Vaya protección a los sectores más necesitados de nuestra sociedad!

Esta singular y brillante idea surge de una iniciativa que la diputada Ana Georgina Zapata Lucero (PRI) presentó el 16 de marzo de 2016 y reforma los artículos 513, primer párrafo; 115 y se adiciona un artículo 115 Bis de la Ley Federal del Trabajo.

Y lo más increíble fue, que dicho absurdo lo aprobaron por 303 votos a favor, 86 en contra y 10 abstenciones (PAN, PRI, PVEM, Panal y PES) y luego de rechazarse de manera gradual seis reservas se avaló en lo particular con 297 votos a favor, 84 en contra y seis abstenciones. Turnándolo al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

Si la reforma laboral de 2012, fue calificada en su momento, como una reforma con tendencia empresarial, a esta la podemos denominar como la reforma que otorga facultades legislativas y plenipotenciales al sector empresarial. ¿Y la clase trabajadora, se va a quedar cruzada de brazos?

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